Para viajar gratis en el subte, jubilados y pensionados porteños debían primero entrar a una plataforma bancaria digital y esperar una validación. La Legislatura porteña eliminó ese paso: ahora alcanza con el DNI y el último recibo de haberes.
Desde que se implementó el beneficio, en septiembre de 2025, pedir el pase gratuito de subte no era tan simple como parece. Había que ingresar a una plataforma bancaria digital, cargar datos personales y esperar que una entidad financiera validara la información antes de poder subir a un vagón sin pagar. La prensa especializada lo describió directamente como un «trámite molesto». Los números oficiales confirman esa fricción: entre septiembre de 2025 y abril de 2026, apenas 5.267 personas consiguieron completarlo.
El jueves 27 de agosto, la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó una modificación a la Ley 6.817 —la norma que creó el beneficio— para borrar esa traba. De ahora en más, jubilados, pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad podrán tramitar el pase de forma presencial, en cualquier sede comunal o boca de subte, presentando solo el documento de identidad y el último recibo de haberes. El beneficio se entregará mediante una tarjeta magnética física, sin intermediación de bancos ni de plataformas de pago.
El requisito de fondo no cambia: siguen aplicando quienes residan en la Ciudad y perciban hasta 2,5 haberes mínimos. Una vez que el Poder Ejecutivo porteño promulgue la ley, tendrá 60 días para reglamentarla y poner en marcha el nuevo esquema en la red de subtes.
CABA es la jurisdicción más envejecida del país: según el Censo 2022, el 17,7% de su población tiene 65 años o más, lo que equivale a unas 550.000 personas. En ese universo, los 5.267 pases entregados en ocho meses muestran una brecha entre quienes podrían acceder al beneficio y quienes efectivamente lograron sortear la burocracia para conseguirlo.
La reforma del pase de subte no llegó sola. Fue una de las tres leyes clave que la Legislatura porteña trató en la misma sesión maratónica del 27 y 28 de agosto: también se aprobó el traspaso de la Justicia Laboral nacional a la órbita de la Ciudad —una decisión que generó fuerte controversia y que ccomusoc cubrió el 28 de agosto— y una reforma a la Carta Orgánica del Banco Ciudad que obliga a destinar al menos el 25% de sus ganancias a créditos hipotecarios. Las tres normas comparten protagonistas: fueron impulsadas por el oficialismo porteño y consiguieron respaldo de bloques aliados, mientras el Frente de Todos porteño se abstuvo en varias de las votaciones esa sesión.
El antecedente de esta misma ley es un dato a tener en cuenta para lo que viene: la Ley 6.817 fue sancionada en 2024, pero recién se reglamentó y empezó a tener beneficiarios efectivos en septiembre de 2025, casi un año y medio después. Ese desfasaje entre la sanción de una ley porteña y su aplicación real en la vida cotidiana de las personas mayores es, en definitiva, la razón por la que esta reforma se volvió necesaria.
Glosario
- Carta Orgánica: el reglamento interno que fija cómo funciona una entidad, en este caso el Banco Ciudad, incluyendo qué hace con sus ganancias.
- Haberes mínimos: el monto más bajo que puede cobrar una persona jubilada o pensionada por ley.
- Reglamentar una ley: el paso en el que el Gobierno define en la práctica cómo se va a aplicar una ley ya aprobada por la Legislatura.
- Dictamen legislativo: el documento con el texto de un proyecto que los legisladores discuten y votan antes de convertirlo en ley.
- Sede comunal: oficina de gestión del Gobierno porteño distribuida por barrios, donde los vecinos pueden hacer trámites sin viajar al centro.