A partir de marzo de 2026 el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires aplica una actualización en la tasa de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL), el tributo municipal que pagan los propietarios de inmuebles en la ciudad. La Legislatura porteña aprobó el Presupuesto 2026, que entre otras modificaciones redefine el cálculo del ABL, vinculándolo de forma más directa con la inflación y eliminando topes que hasta hace poco limitaban cuánto podía subir cada año.
Cómo se calcula el nuevo ABL y por qué sube
La tasa ABL es un tributo que grava la propiedad inmobiliaria y se cobra mensualmente para financiar servicios municipales básicos como alumbrado público, barrido de calles y limpieza. Con la aprobación del Presupuesto 2026, el esquema de actualización de esta tasa pasó a ajustarse en línea con la inflación real, sin aplicar límites máximos rígidos de aumento anual, lo que implica que los incrementos de precios al consumidor se trasladan de forma más directa a las boletas de ABL.
Esto se produce en un contexto donde los subsidios nacionales a los servicios públicos fueron quitados o reducidos significativamente, lo que obliga a los gobiernos locales a depender más de su propia recaudación para sostener los costos de alumbrado y limpieza en la ciudad. Al incrementarse el costo de estos servicios y al no existir amortiguadores externos sólidos, la tasa se recalcula mensual o anualmente según los índices de inflación, haciendo que el ABL sea más caro para la mayoría de los contribuyentes.
Impacto en la boleta de los hogares
El aumento en la tasa ABL se verá reflejado directamente en las boletas mensuales que llegan a los domicilios de los contribuyentes a partir de marzo de 2026. El monto final que paga cada propietario depende de varios factores:
- Valuación fiscal del inmueble: a mayor valuación, mayor es el tributo. Los valores fiscales se actualizan periódicamente y forman la base para el cálculo del ABL.
- Zonificación y categoría contributiva del inmueble: propiedades ubicadas en zonas con valuaciones más altas pagarán proporcionalmente más.
- Descuentos o exenciones vigentes: ciertas categorías de contribuyentes pueden mantener beneficios, como se detalla más abajo.
El resultado de esta actualización es que una familia con vivienda promedio de CABA pagará un ABL más alto que en 2025, debido a que la inflación acumulada se traslada al cálculo del tributo sin topes restrictivos.
Quiénes mantienen beneficios y exenciones
A pesar del ajuste al alza, no hay cambios sustanciales en los beneficios existentes para ciertos grupos vulnerables o contribuyentes específicos:
- Jubilados y pensionados: mantienen exenciones o reducciones según la normativa porteña vigente, especialmente si reúnen los requisitos de ingresos y patrimonio establecidos en la ciudad.
- Monotributistas y pequeños contribuyentes: conservan regímenes especiales que les permiten acceder a reducciones o facilidades de pago, aunque siguen sujetos al nuevo cálculo de ABL en función de las valuaciones fiscales de sus inmuebles.
Además, en casos específicos (como hoteles y locales gastronómicos) hay exenciones temporales en 2026 para el primer semestre del año que eliminan el pago de ABL para actividades económicas afectadas, como parte de alivios fiscales aprobados por la Legislatura.
Cómo afecta al bolsillo familiar
El impacto del aumento del ABL se agregará al conjunto de ajustes de servicios, transporte y otros tributos que afectan el presupuesto de las familias porteñas este año. Dado que la tasa se calcula sobre la base de la inflación registrada, cualquier aceleración en los precios al consumidor puede traducirse en boletas más altas de ABL, incrementando la presión sobre los ingresos disponibles de hogares con ingresos medios y bajos.
La actualización del ABL que entra en vigencia en marzo de 2026 en la CABA no es un aumento aislado, sino parte de un cambio estructural en la forma en que se ajustan los tributos municipales, vinculándolos más estrechamente con la inflación y la recaudación local, ante la reducción de subsidios nacionales y la necesidad de sostener servicios esenciales.