Para quienes trabajan bajo el régimen general de la Ley de Contrato de Trabajo, el período legal de vacaciones va del 1 de octubre al 30 de abril del año siguiente. La cantidad de días depende de la antigüedad y, desde la reforma laboral publicada el 6 de marzo de 2026, el inicio debe notificarse por escrito con al menos 30 días de anticipación, salvo reglas diferentes del convenio colectivo aplicable.
Cuántos días de vacaciones corresponden
- Hasta 5 años de antigüedad: 14 días corridos.
- Más de 5 y hasta 10 años: 21 días corridos.
- Más de 10 y hasta 20 años: 28 días corridos.
- Más de 20 años: 35 días corridos.
Para calcular el tramo se toma la antigüedad que la persona tendrá al 31 de diciembre del año al que corresponden las vacaciones. Como regla general, para acceder al período completo se debe haber trabajado al menos la mitad de los días hábiles del año calendario o aniversario. Si no se alcanza ese mínimo, corresponde un día de descanso por cada 20 días de trabajo efectivo.
Cuándo deben avisarte y cómo pueden dividirse
La fecha de inicio debe comunicarse por escrito con una anticipación no menor a 30 días. Los convenios colectivos pueden establecer un sistema diferente según la actividad. La licencia comienza un lunes o el siguiente día hábil si el lunes es feriado; para quienes trabajan habitualmente en días inhábiles, se aplican las reglas específicas de la ley.
La ley actual permite que empleador y trabajador acuerden fraccionar las vacaciones, siempre que cada tramo tenga al menos siete días. También pueden acordar disfrutarlas fuera del período habitual del 1 de octubre al 30 de abril. Si las vacaciones no se otorgan simultáneamente a todo el personal, el empleador debe organizar los turnos para que cada trabajador pueda tomarlas durante la temporada de verano al menos una vez cada tres años.
Cómo se pagan
La remuneración correspondiente debe abonarse al comenzar las vacaciones. Para trabajadores con sueldo mensual, el cálculo legal se realiza dividiendo el sueldo vigente por 25 y multiplicándolo por los días de licencia. Para remuneraciones por día u hora se toma el importe que corresponda a la jornada anterior al inicio; para salarios variables se utiliza el promedio previsto en la ley.
Qué hacer si no te notifican
Guardá recibos, comunicaciones y cualquier aviso recibido. Si el empleador no comunicó la fecha dentro del plazo legal, el artículo 157 de la Ley de Contrato de Trabajo prevé que el trabajador pueda hacer uso de ese derecho previa notificación fehaciente, de modo que las vacaciones concluyan antes del 31 de mayo. Antes de actuar, verificá el convenio colectivo de tu actividad, porque puede tener reglas específicas.
Podés leer el texto actualizado de la Ley de Contrato de Trabajo, especialmente los artículos 150 a 157. Este régimen general no se aplica de la misma manera al personal de casas particulares, trabajadores agrarios ni a otros regímenes especiales.
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