Fallo ordena cumplir la Ley de Financiamiento Universitario

El juez Martín Cormick declaró inconstitucional la cláusula con la que el Presidente promulgó la Ley 27.795 y ordenó aplicarla de inmediato. El fallo es del 6 de octubre de 2026 y puede ser apelado.

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11, de Buenos Aires, hizo lugar a los amparos del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y de la Universidad de Buenos Aires (UBA). Declaró inconstitucional la frase «sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley 24.629», incluida en el Decreto 759/2025. Además, ordenó al Poder Ejecutivo cumplir «de inmediato» la ley y dictar las normas necesarias para aplicarla. Las costas las paga el Estado.

¿Por qué? El Congreso aprobó la ley de financiamiento universitario y el Presidente la vetó. Después, ambas cámaras insistieron con dos tercios de los votos. Con esa mayoría, la Constitución (art. 83) dice que el proyecto es ley y que el Ejecutivo debe promulgarla. El Decreto 759/2025, publicado el 21 de octubre de 2025, la promulgó pero dejó su ejecución suspendida hasta que se definieran fuentes de financiamiento.

Para el juez, esa suspensión funcionó como un veto no previsto en la Constitución. También sostuvo que decidir el gasto público le corresponde al Congreso y que la propia ley, en su artículo 9, ya indica cómo financiarse.

El contexto. Argentina no tuvo presupuesto aprobado para 2024 ni para 2025. Se prorrogó el de 2023 y las universidades reclamaban por salarios, becas y gastos de funcionamiento. La ley ordena actualizar esas partidas según la inflación.

La postura del Gobierno. Sostuvo que la ley no indica de dónde saldrá el dinero, que su cumplimiento es inviable y que afectaría el equilibrio fiscal. Según el fallo, la Oficina de Presupuesto del Congreso calculó el costo de la ley para 2025 en 0,23% del PBI.

Antecedentes. La cautelar que ya obligaba a cumplir parte de la ley es de diciembre de 2025. La Cámara la confirmó y, el 25 de junio, la Corte Suprema rechazó el recurso del Estado. En junio de 2026, Gobierno, CIN y gremios acordaron un aumento salarial de 24,33% en dos tramos (junio y octubre), más fondos para gastos de funcionamiento, hospitales y becas.

¿Qué puede pasar? Es una sentencia de primera instancia, así que el Gobierno puede apelar. Alcanza a docentes, nodocentes, investigadores y estudiantes de las universidades públicas nacionales. En el Congreso hay un proyecto para reformar la ley, que está en comisiones.

Glosario

  • Amparo: juicio rápido para frenar un acto que viola derechos de forma clara.
  • Proceso colectivo: juicio cuyo resultado alcanza a todo un grupo de personas, no solo a quienes demandaron.
  • Veto: rechazo del Presidente a una ley aprobada por el Congreso.
  • Promulgar: declarar oficialmente que una ley rige.
  • Inconstitucional: que contradice la Constitución.
  • Cautelar: medida provisoria que el juez dicta antes de la sentencia final.

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