Jorge Macri mandó a la Legislatura un nuevo Código Contravencional: multas de hasta $58 millones para la venta callejera y faltas desde los 14 años

Una persona que vende en la vereda sin permiso hoy puede recibir, como mucho, una multa de menos de 15 millones de pesos. Si la Legislatura aprueba el proyecto, esa cifra podría llegar a casi 59 millones. El Gobierno porteño presentó el miércoles una reforma completa del Código Contravencional: suben las multas, el trabajo comunitario y los días de arresto, aparecen faltas nuevas y los chicos de 14 a 17 años pasan a quedar alcanzados.

El jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, envió el miércoles 7 de octubre a la Legislatura de la Ciudad un proyecto que reforma completo el Código Contravencional (Ley 1.472) y la ley que fija cómo se juzgan esas faltas (Ley 12).

Las contravenciones son faltas menores que un delito: los ruidos molestos, manejar alcoholizado, la venta callejera sin permiso o los disturbios en un recital. Las juzga la Justicia de la Ciudad, no la nacional.

Al presentar el proyecto, Macri dijo: «No hay Ciudad para los porteños de bien si el Estado se arrodilla frente a las mafias y los violentos». Sobre las faltas cometidas por adolescentes agregó: «Bajo mi gestión, se les terminó la impunidad».

**Qué cambia, con números**

El proyecto calcula las multas en Unidades Fijas (UF). Hoy una UF equivale a $1.173,08. Con ese valor, los cambios principales son estos:

– **Manejar alcoholizado:** la multa pasa de 300-2.000 UF a 1.000-6.000 UF. El máximo sube de unos $2,3 millones a más de $7 millones, o sea que se triplica. El arresto pasa de 1-10 días a 5-30 días, y la inhabilitación para manejar, de 4 meses-2 años a 6 meses-4 años.
– **Venta ilegal en la calle:** el tope sube a 50.000 UF ($58.654.000). Hoy es de menos de $15 millones, así que sería unas cuatro veces más.
– **Ruidos molestos:** hasta 600 UF (unos $703.000), entre 3 y 15 días de trabajo comunitario (hoy son de 1 a 5) y hasta 10 días de arresto.
– **Llevar materiales para provocar disturbios:** hasta $9.384.640 o 45 días de arresto, y además se quitan los elementos.
– **Romper o tapar cámaras de vigilancia:** hasta $4.692.320 o 30 días de arresto, y la persona tiene que pagar la reparación.

**Reincidencia y faltas nuevas**

Se crea un Registro de Reincidentes en Contravenciones en el Espacio Público. Si la persona repite la falta, la pena sube un 50% la primera vez, un 66,6% la segunda y se duplica la tercera. Quien reincide ya no puede cumplir el arresto en su casa, salvo excepciones justificadas. En el caso de los «trapitos» que reinciden, el arresto podría llegar a 90 días.

Para los adultos se eliminan la condena en suspenso y la *probation*, dos salidas que hoy permiten evitar un juicio o la pena efectiva.

El proyecto también suma faltas nuevas: acecho en la vía pública, engaños para conseguir claves o *tokens* digitales, venta de datos personales, organización de la venta informal masiva, uso de aparatos que bloquean señales, fraude en los sistemas de cobro del transporte público y hacerse pasar por agentes de la autoridad.

**De 14 a 17 años: un régimen aparte**

Con la reforma, los adolescentes de 14 a 17 años también podrían ser sancionados por contravenciones, aunque con reglas propias. No podrán ser detenidos y tendrán que tener una defensa especializada. En vez de multas o arresto, recibirían medidas educativas: amonestaciones formales, acompañamiento de equipos de profesionales, capacitación laboral y tareas comunitarias acordes a su edad. Para ellos la *probation* sigue existiendo, con la condición de que sigan yendo a la escuela y reparen el daño.

El Gobierno porteño presenta este cambio como una forma de adaptarse a la Ley 27.801, el nuevo Régimen Penal Juvenil nacional. Esa ley rige desde el 5 de septiembre y bajó la edad de imputabilidad para los delitos de 16 a 14 años.

**La segunda reforma en cuatro meses**

No es la primera vez este año que se cambia el Código. El 18 de junio, la Legislatura aprobó con 36 votos la Ley 6.961, que propusieron el oficialismo porteño y La Libertad Avanza. Esa ley endureció las penas contra cuidacoches y limpiavidrios e incorporó el arresto efectivo. El proyecto nuevo va más allá: revisa casi todo el Código, que rige desde 2004.

El proyecto también sigue una línea que este portal viene contando. El 22 de septiembre informamos que Macri pediría el juicio político de la jueza porteña que no aplicó la nueva edad de imputabilidad a un chico de 14 años. Ahora el Gobierno quiere llevar ese mismo criterio de edad a las faltas menores.

**Lo que viene**

Para aprobarse, la reforma necesita 31 de los 60 votos de la Legislatura. Ningún bloque los tiene por sí solo, así que el oficialismo va a tener que negociar con sus aliados y con La Libertad Avanza.

Antes de eso, el proyecto debe pasar por las comisiones. Ahí se prevé discutir sobre todo dos puntos. El primero es incluir a chicos de 14 años en el sistema de faltas: organizaciones de infancia y de derechos humanos ya se habían opuesto a bajar la edad de imputabilidad durante el debate de la ley nacional. El segundo es qué efecto tendría eliminar la *probation* y la condena en suspenso para los adultos: sin esas salidas, más casos llegarían a juicio en los tribunales penales, contravencionales y de faltas de la Ciudad.

Glosario

  • Contravención: falta menos grave que un delito, como los ruidos molestos o la venta callejera sin permiso. En la Ciudad las juzga la Justicia porteña.
  • Código Contravencional: ley de la Ciudad (Ley 1.472) que dice cuáles son las faltas y qué sanción corresponde a cada una.
  • Unidad Fija (UF): medida que usa la Ciudad para fijar multas. Su valor en pesos se actualiza, y así no hace falta cambiar la ley cada vez que hay inflación.
  • Reincidencia: volver a cometer la misma falta, o una parecida, después de haber sido sancionado.
  • Probation (suspensión del proceso a prueba): acuerdo que frena el juicio si la persona cumple ciertas condiciones, como hacer tareas comunitarias o reparar el daño.
  • Condena en suspenso: condena que no se cumple en la práctica mientras la persona no vuelva a cometer una falta durante un tiempo.
  • Imputabilidad: edad desde la cual una persona puede ser juzgada y sancionada por la ley.
  • Medidas socioeducativas: sanciones para adolescentes que buscan que se hagan responsables y aprendan, en vez de castigarlos con encierro.

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