En la noche del 9 de octubre de 2009, miles de personas pasaron horas en la Plaza del Congreso, en el centro porteño, esperando una votación. Había organismos de derechos humanos, sindicatos, pueblos originarios y gente de radios comunitarias, muchas de ellas sin permiso legal para transmitir. A las 2:30 de la madrugada del 10 de octubre, el Senado sancionó la Ley 26.522, que reemplazó a una norma de la última dictadura y reconoció la comunicación como un derecho humano.
Este sábado se cumplen 17 años de la sanción de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, la Ley 26.522, conocida popularmente como «ley de medios».
El Senado de la Nación la aprobó el 10 de octubre de 2009, después de una sesión de unas 15 horas que presidió el vicepresidente Julio Cobos. Hubo 44 votos a favor y 24 en contra. Ese mismo día la promulgó el Poder Ejecutivo. En septiembre, la Cámara de Diputados le había dado media sanción con 147 votos.
La ley cambió las reglas de quién puede tener una radio o un canal de televisión en la Argentina. Su objetivo era que no hubiera pocos dueños y que pudieran hablar más voces.
**Una ley de la dictadura que duró 29 años**
Hasta ese día, la radio y la televisión se regían por el decreto-ley 22.285. La firmó en 1980 la Junta Militar que encabezaba Jorge Rafael Videla.
Esa norma trataba la radiodifusión como un negocio comercial bajo control del Estado. Y les cerraba la puerta a las organizaciones sociales y a las entidades sin fines de lucro: no podían acceder a frecuencias.
Esa regla siguió vigente durante 26 años de democracia. Por eso, muchas radios comunitarias, de barrios, de escuelas o de pueblos originarios funcionaron durante décadas sin reconocimiento legal.
**El reparto en tres partes**
El cambio más importante de la Ley 26.522 fue reservar el 33 % de las frecuencias planificadas, en todas las bandas de radio y televisión abierta y en todo el país, para organizaciones sin fines de lucro: cooperativas, asociaciones civiles, sindicatos, universidades y comunidades. El resto quedó para el sector comercial y para el Estado.
También fijó límites a la cantidad de licencias que podía tener un mismo grupo empresario y creó la Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual (artículo 19), un organismo donde cualquier persona puede reclamar por lo que ve o escucha en los medios.
**Una ley que no nació en un despacho**
La ley tiene una historia anterior que pocas veces se cuenta. El 27 de agosto de 2004, Día de la Radiodifusión, un grupo de sindicatos, centrales obreras, docentes e investigadores de universidades nacionales, organismos de derechos humanos y medios comunitarios presentó un documento: los «21 puntos básicos por el derecho a la comunicación».
Ese grupo se llamó Coalición por una Radiodifusión Democrática. Sus puntos pedían tratar la comunicación como un derecho humano y no como una simple mercancía, e incluían la reserva de un tercio del espectro para el sector sin fines de lucro.
Cinco años después, ese documento fue la base del proyecto oficial. Antes de llegar al Congreso, el anteproyecto se presentó el 18 de marzo de 2009 y se discutió en 24 foros públicos en distintas regiones del país, entre el 30 de marzo y el 5 de mayo. Según la Resolución 174/2010 de la autoridad de aplicación, participaron más de doce mil personas, además de quienes enviaron aportes por vía electrónica.
En una sección de Efemérides que este mes ya recordó la Marcha por la Vida o la ley de Educación Sexual Integral, la ley de medios repite un patrón: un reclamo que nace en las organizaciones sociales y que, años después, llega a convertirse en ley.
**Lo que pasó después**
La ley no se aplicó de inmediato en todos sus artículos. El Grupo Clarín llevó a la Justicia cuatro de ellos, los que fijaban límites de licencias y plazos para vender las que superaban ese tope.
El 29 de octubre de 2013, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró constitucionales esos cuatro artículos, con un solo voto en contra, el del juez Carlos Fayt. El tribunal sostuvo que definir esas reglas es una facultad del Congreso y que la ley no afectaba la libertad de expresión de la empresa.
El 29 de diciembre de 2015, el Decreto de Necesidad y Urgencia 267/2015 modificó la ley. Creó el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), que reemplazó a la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), y a comienzos de 2016 se dieron de baja los procesos de adecuación que obligaban a los grandes grupos a desprenderse de licencias.
Hoy, la Defensoría del Público sigue funcionando, pero en la Cámara de Diputados hay proyectos para transferirla a la Defensoría del Pueblo o para eliminar el capítulo que la crea.
Diecisiete años después, la pregunta de fondo que planteó aquella noche en la Plaza del Congreso sigue abierta: quién tiene la palabra en la radio y la televisión argentinas.
Glosario
- Decreto-ley: norma con fuerza de ley dictada por un gobierno de facto, sin pasar por el Congreso porque estaba cerrado.
- Espectro radioeléctrico: el «espacio» invisible por donde viajan las señales de radio y televisión. Es limitado y pertenece a todo el pueblo; por eso el Estado decide cómo se reparte.
- Frecuencia o licencia: permiso del Estado para usar una porción del espectro y transmitir una radio o un canal.
- Sin fines de lucro: organizaciones que no reparten ganancias entre sus dueños, como cooperativas, asociaciones civiles o radios comunitarias.
- Radio comunitaria: emisora gestionada por un barrio, una organización social o una comunidad, que prioriza la participación de sus vecinos y vecinas.
- Desinversión: obligación de vender licencias cuando un grupo tiene más de las que permite la ley.
- DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia): decreto que firma el Presidente con fuerza de ley, pensado para situaciones excepcionales, que después revisa el Congreso.
- Promulgar: firma del Poder Ejecutivo que hace que una ley aprobada por el Congreso entre en vigencia.
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